La Comisión de Estado por la Justicia

LA CONSECUENCIA inmediata de la firma del "Pacto por la Justicia" fue la instalación de una "Comisión de Estado por la Justicia". Esta se reúne en forma regular tres veces por semana y deberá presentar un informe en un plazo de 180 días, que se cumplirán el 7 de octubre. Ese día, o se conocerá el futuro próximo de la justicia panameña y podrá la sociedad organizarse para transitar ordenadamente hacia el nuevo esquema propuesto, o bien habrá una nueva crisis de credibilidad y confianza en el sistema político, si el trabajo de la Comisión no convence.

El informe que elabore la Comisión será el instrumento que propiamente proveerá de contenido al Pacto. Antes de que se conozca, no se puede evaluar la trascendencia del documento firmado por los representantes de los tres Organos del Estado, los dos procuradores, el defensor del Pueblo y el presidente del Colegio, en la Presidencia de la República el pasado 10 de marzo. Aunque no fuese acogido con inicial entusiasmo por algunos, el Pacto ha convocado la atención de la ciudadanía y cuenta con participación de la sociedad civil organizada.

Si el Pacto es un bodrio o no, habrá que esperar hasta que haya un resultado para saberlo. La Comisión ha estado trabajando en su organización interna y alguno de sus integrantes prometió hace poco que se rendirá un informe preliminar en una fecha cercana. Lógicamente, se han creado expectativas en cuanto a lo que podría acordarse en la Comisión, pues una significativa afluencia de propuestas de organizaciones y grupos de ciudadanos ha mantenido ocupados a los comisionados en las últimas semanas.

La Comisión tomó la decisión de priorizar algunos temas e invitar a miembros de organizaciones y grupos de ciudadanos a hacer recomendaciones sobre los siguientes tópicos: el llamado método de selección de los magistrados de la Corte Suprema; las reformas a la ley de la PTJ, la Carrera Judicial y el ejercicio de la abogacía; las reformas al código penal y al procedimiento penal; y las reformas al proceso civil.

Estos cuatro temas organizan de modo diferente los lineamientos establecidos en el Pacto, sin llegar a agotarlos. Próximamente, la Comisión instalará una serie de subcomisiones temáticas, lo que le permitirá avanzar simultáneamente en distintos terrenos, repartir entre un número mayor de manos la labor de redacción de informes, y conocer un abanico más amplio de puntos de vista, pues las subcomisiones también podrán invitar a expertos e interesados en hacer propuestas sobre cómo mejorar la administración de justicia.

Los temas de las subcomisiones de trabajo no se corresponden exactamente con las prioridades planteadas arriba, pues si bien habrá una subcomisión de reformas a la ley penal y el procedimiento penal, y otra dedicada a la discusión de cambios estructurales en materia de carrera judicial y modelo de gestión judicial, hay otras dos subcomisiones cuya agenda no aparece directamente nombrada en las prioridades de la Comisión: una es la de "Transparencia y rendición de cuentas" y la otra la de "Acceso a la justicia".

Como se deja apreciar, la Comisión ha concebido su trabajo de modo amplio y ambicioso, porque no debe quedar duda alguna de que, de producirse planteamientos transformadores importantes en cada una de las áreas mencionadas, podríamos estar al inicio de un verdadero y prolongado proceso cambio en el sistema judicial. La mayor cantidad de los temas que se discuten en la misma, a juzgar por la elección de prioridades y la ordenación de mesas de trabajo, son de carácter legal, es decir, tienen un comienzo de solución en la aprobación de nuevas leyes que modifiquen el régimen existente.

Sin embargo, hay algunas cuestiones que tienen un anclaje constitucional, por lo que la modernización coherente de la administración de justicia pasa por la introducción de cambios en el marco constitucional actual. Como ejemplo, se puede citar la necesidad de fortalecer la carrera judicial, que no es otra cosa que robustecer la independencia del juez a través de una serie de dispositivos procedimentales e institucionales.

Parece haber un consenso en que el nombramiento, promoción, sanción y destitución de jueces y magistrados debe ser competencia de un organismo superior integrado por los distintos estamentos del Órgano Judicial. Con esto se lograría que la potestad sobre la revocación o confirmación de las decisiones judiciales no coincida con la potestad de nombrar, sancionar y remover, como ocurre ahora.

El problema está en que el actual sistema está consagrado en el artículo 209 de la Constitución y cualquier intento de establecer una Consejo Superior de la Judicatura entraría en conflicto con la citada norma. En estas circunstancias, la Comisión debe buscar la forma de hacer un planteamiento integral, no sólo en cuanto a los temas que aborda, sino en cuanto a la naturaleza de los cambios y los tiempos en que dichos cambios pueden efectuarse.

Dicho de otro modo: sería una falacia afirmar que todos los cambios que requiere la justicia panameña se pueden hacer en unos cuantos meses, y sería igualmente falaz decir que se necesitan años para empezar a implementarlos. Lo correcto es organizar la modernización del sistema judicial a través de metas a corto, mediano y largo plazo.

Las metas podrían incluir desde cambios en procedimientos administrativos, reformas a los reglamentos de la Corte Suprema, un paquete de leyes y una propuesta de cambios constitucionales. Las propuestas del Foro 2020 están en blanco y negro, y son como siempre una guía que requiere de una voluntad política. Que no se diga que nadie sabe qué es lo que se quiere reformar.

Si una Comisión de Estado por la Justicia, integrada al más alto nivel, no puede hacer un planteamiento responsable al respecto, entonces no nos queda más que ¡persignarnos!_____________________________________________
El Panamá América, Martes 12 de abril de 2005